HOSPITAL DE FUENLABRADA: reconocimiento de la antigüedad de los eventuales e interinos
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado procedente suprimir del artículo 60 del Convenio Colectivo del Ente Público Hospital de Fuenlabrada el texto “como personal laboral fijo”. De este modo se reconoce la antigüedad para los trabajadores eventuales e interinos, que recibirán el complemento salarial que corresponda a dicha antigüedad en igualdad de condiciones que el personal laboral fijo.
El Tribunal ha basado su sentencia en distintas resoluciones del Supremo en las que se confirma el derecho de los trabajadores temporales afectados por un conflicto colectivo a recibir los mismos trienios que el personal trabajador fijo si la antigüedad era la misma en ambos casos.
El conflicto por el reconocimiento de la antigüedad de eventuales e interinos comenzó cuando los sindicatos promovieron una demanda de conflicto colectivo en la que se solicitaba que se reconociese a estos trabajadores el complemento salarial de antigüedad en igualdad de condiciones que el personal laboral fijo.