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SATSE exige 23 días hábiles de vacaciones para el personal laboral sujeto al Convenio Colectivo de la Comunidad de Madrid

SATSE reclama a la Administración el incumplimiento de la Instrucción de 31 de julio de 2007 relativa al régimen de licencias, permisos y vacaciones aplicable al Personal Laboral de la Comunidad de Madrid en lo que respecta a vacaciones anuales. La duración de las mismas ha de ser de un mes natural o de 23 días hábiles, y no de 22 días, como está ocurriendo. El Sindicato exige que se reconozca el derecho a disfrutar de los días adicionales o, en su defecto, se compensen económicamente.

SATSE ha denunciado que los diplomados sanitarios contratados como personal laboral en la Comunidad de Madrid no están disfrutando de los períodos vacacionales que les corresponden según el Convenio Colectivo. En el artículo 27.3 del mismo se establece que “la duración será de 1 mes o de 23 días hábiles anuales por año completo de servicio, o de tiempo proporcional correspondiente a los servicios efectivamente prestados”.

El Sindicato de Enfermería ha detectado, sin embargo, que en muchos casos el personal laboral de la Comunidad de Madrid está disfrutando de períodos vacacionales de 22 días. En dichos casos, la empresa no reconoce el disfrute del día adicional, lo que supone el incumplimiento de la Instrucción de 31 de julio de 2007.

Desde SATSE se reclama el derecho del personal laboral a “disfrutar de los días adicionales de vacaciones que les correspondan durante el año 2010 o bien, si ello no fuera posible, a compensarle económicamente de la forma que procede en Derecho”.

En materia de licencias, permisos y vacaciones, tal y como determina la Instrucción de 31 de julio de 2007 de la Dirección General de Función Pública,  al personal laboral se le aplica, además del Convenio Colectivo, el Estatuto Básico del Empleado Público. El artículo 50 del mismo establece como sistema de cómputo del período vacacional el de días hábiles, de modo que el disfrute por meses completos queda descartado. Ello implica que los 23 días hábiles por año natural pasen a ser la regla general a la hora de calcular el período de vacaciones.

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