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Cotización de la Seguridad Social: cómputa tu tiempo de prácticas
10.02.25 | Madrid

El pasado mes 1 de mayo de 2024 se publicó la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, realizadas con anterioridad a su fecha de entrada en vigor.
- Entrada en vigor: 1 de junio de 2024.
- Ámbito de aplicación:
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- Períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas de los estudiantes de grado (entre los que se incluyen los de enfermería y fisioterapia) y aquellos alumnos universitarios que hayan realizado un máster o un doctorado que hubiese conllevado la realización de prácticas externas antes de la entrada en vigor.
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- La realización de estas prácticas debe haberse producido antes del 1 de enero de 2024.
- Solicitud y reconocimiento:
La solicitud del convenio especial deberá remitirse a la Tesorería General de la Seguridad Social por una única vez y con un reconocimiento máximo de 1.825 días de cotización (equivalente a 5 años de prácticas). No podrán realizar esta solicitud, salvo en los supuestos regulados por la Orden TAS/2865/20023, de 13 de octubre, los pensionistas por jubilación o por incapacidad permanente de la Seguridad Social.
La solicitud puede realizarse hasta el 31 de diciembre de 2028 a través de este enlace, Seguridad Social: Afiliación
- Efectos y acción protectora:
El convenio tiene por objeto cubrir las prestaciones de jubilación y de incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes. El mismo surtirá efectos a partir del mes siguiente al de su suscripción, donde se abonará todo el importe o el primero de sus pagos.
- Requisitos:
- Acreditar la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas, mediante certificación expedida por la universidad o centro educativo, donde deberá constar si las prácticas fueron o no remuneradas y el período de duración de estas.
- Realizar la solicitud del convenio (plazo límite hasta el 1 de junio de 2.026), adjuntando la documentación del punto 1 anterior.
- Resolución de las solicitudes:
Las solicitudes serán resueltas por los directores de las administraciones de la Seguridad Social de la provincia que corresponda al domicilio del solicitante y deberá dictarse y notificarse en los seis meses siguientes a la fecha de la solicitud.
De no existir resolución, la solicitud será estimada por silencio administrativo.
- Determinación e ingreso de la cotización:
La base mensual de cotización estará constituida por la base mínima de cotización por contingencias comunes correspondiente al grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social en el año 2.024. A esta base de cotización se aplicará el mismo tipo de cotización para contingencias comunes vigente en el mismo período.
Al importe total de cotización se aplicará un coeficiente del 0,77 para extraer el resultado de la cotización a ingresar, que podrá ser efectuado mediante un pago único o pago fraccionado, a elección del solicitante, por el sistema de domiciliación en cuenta. Podrán ser tantos pagos como mensualidades se formalicen para el convenio (por ejemplo: si se incorpora un período de tres meses de prácticas, se podrá abonar en tres mensualidades).
El cálculo de la base lo realizará la Seguridad Social y el pago lo deberá hacer el propio interesado.
- Extinción del convenio especial:
- Por falta de pago de la totalidad del importe, de tres de sus mensualidades consecutivas o de cinco de sus mensualidades alternativas, salvo en casos de fuerza mayor. Es decir, si una vez calculado el importe por parte de la Seguridad Social, el interesado no lo abona, se pierde la opción.
- Por adquirir el suscriptor la condición de pensionista por jubilación o incapacidad permanente.
- Por fallecimiento del suscriptor.
- Por decisión del suscriptor, comunicada por escrito o por medios electrónicos.
La Universidad Complutense de Madrid ha abierto en su web un espacio para solicitar el certificado que debes presentar a la Seguridad Social.
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